dimarts, 14 de maig del 2013

Tema 7. Instituciones de la Unión Europea.


Después del tema de la gran ampliación, en ese contexto es cuando se entiende que hay que dar un mayor alcance a la dinámica del proceso comunitario, de tal manera que se lanza la idea de establecer una constitución para la unión.
El camino hacia la constitución.
Hay que dar unos valores más amplios, no tan técnicos, buscar que la ciudadanía se implique, y además se quiere simplificar. Si analizamos el proceso de construcción europea vemos como siempre está la dinámica de ampliación y profundización, de dar una mayor cualidad al proceso comunitario, este es el objetivo último de la constitución.
El tratado de Lisboa introduce muchísimas de las novedades de la constitución europea, con la gran diferencia que la constitución buscaba la identificación ciudadana. La constitución buscaba ser compresible, no facilona, pero si compresible para la ciudadanía. El formato de la constitución era su gran ventaja.
Hubo distintos escalones para llegar a la constitución con los objetivos fundamentales de cada tratado, excepto el de Niza que se refiere básicamente a las administraciones.
La constitución europea utilizaba un nuevo método, radicalmente distinto a lo anterior, esta una gran novedad, la metodología. Es un intento a tratar de aspirar que la ciudadanía participe, a que se genere una convención (se utiliza este término por la Rev. Francesa), significa que es un grupo muy amplio, una asamblea constituyente.
La convención europea venía a ser una convención constituyente en este sentido, inspirada por ejemplo en la de Philadelphia, y tenía una presidencia que recaía sobre un francés. Allí un grupo de personas elevaron sus reflexiones para redactar un texto. La convención europea se inicia en 2002 hasta mediados del 2003 (julio), trabajando durante 17 meses y oyéndose más de 1800 intervenciones.
Los parlamentarios de cada uno de los países miembros, de los países candidatos, representantes de sindicatos, de patronales, y allí se debate sobre el futuro de Europa
Si nos fijamos no se llama constitución europea, sino proyecto de tratado por el que se constituye una constitución para Europa, porque no se puede llamar constitución.
Una vez que esta fue aprobada por los estados miembros, el parlamento europeo recomendó que se aprobase por referéndum, el cual comenzó España.
En el caso español ganó el sí, aunque participó sólo un 44% de la gente, aunque esta tuvo problemas en Holanda y en Francia. En Holanda y en Francia salió el no, por lo cual se hizo un favor a Reino Unido.
El proyecto quedo en suspenso por el no de dos países fundadores, si esto hubiera ocurrido en otros países seguramente se hubiese hecho otra vuelta.
Los reunidos en la convención dice que el objetivo más importante es simplificar, buscar un mayor apoyo de la ciudadanía, buscar una mayor transparencia, mayor eficacia y un apoyo mayor de la ciudadanía para tener más LEGITIMIDAD.
La convención da las soluciones para buscar estos objetivos:
SIMPLIFICAR.
·         Texto Único
·         Un número reducido de instrumentos.
EFICACIA
·         Generalización del procedimiento legislativo.
·         Una distribución más clara de las competencias.
·         Un sistema institucional equilibrado.
·         Reducción del derecho de voto
DEMOCRACIA
·         La carta de los derechos fundamentales en el Tratado.
·         Un papel más relevante para los parlamentos nacionales (Control del principio de subsidiaridad)
·         Reconocimiento del papel de la sociedad civil.
TRANSPARENCIA
·         Sesiones públicas del consejo cuando actué en su función legislativa.
LEGITIMIDAD
·         Una personalidad jurídica para la Unión Europea. En la unión europea quien tenía personalidad jurídica hasta Lisboa eran las comunidades, si recordamos a Maastricht, cuando tu firmabas un convenio quien tenía personalidad era la comunidad que fuera, no la Unión. Esta personalidad jurídica se recoge en el tratado de Lisboa.
·         Progresos en materia de libertad, seguridad y justicia.
·         Afirmación del papel de la unión en el ámbito nacional.
Un texto Único.
Cuatro Partes:
1.      Disposiciones Fundamentales
2.      Carta de los derechos fundamentales
3.      Políticas de la Unión. Aparecen las políticas porque no es una constitución al uso.
4.      Clausulas finales.
PARTE I  TITULO I (IX TITULOS)
De la definición y los objetivos de la unión
·         Derecho comunitario
·         Personalidad Jurídica de la unión
·         Cooperación leal
PARTE I TITULO II
De los derechos fundamentales y de la ciudadanía de la unión.
·         [1]La carta de los derechos fundamentales forma parte del Derecho de la Unión como principios generales
Derechos ciudadanía.
1.      Circulación y residencia
2.      Sufragio activo y pasivo
3.      Protección diplomática
4.      Petición y contestación de las instituciones europeas.
PARTE I TITULO III
De Las competencias de la Unión
·         Principio de atribución (no pueden legislar sobre lo que les de la gana)
·         Principio de subsidiaridad
·         Principio de proporcionalidad (que tiene que legislar conforme a lo que pretende de forma lógica, no puede legislar muchísimo sobre una materia sin importancia).
Cláusula de flexibilidad (la propia unión europea puede conseguir atribuirse nuevos aspectos para poder legislar)
Clarificación de las competencias.
1.      Competencias exclusivas. Solo la UE Legisla.
Competencia, Unión Aduanera, política comercial común, política monetario de loes estados, conservación de los recursos biológicos marinos-dentro de la política pesquera común-.

2.      Competencias Compartidas. Legislación de la UE o de los estados miembros.
Entre las compartidas están el mercado interno, espacio de libertad, seguridad y justicia, agricultura y pesca, transporte

3.      Acciones de Apoyo, coordinación o complemente. La UE no armoniza.
La unión europea tiene competencias que no toca, pero que puede apoyar como industria, protección y mejora de la salud humana, educación, formación profesional, juventud y deporte, cultura, protección civil. En estos campos la unión europea apoya, pero no obliga, por ejemplo Europa apoya el marco de educación común (BOLONIA), pero no obliga.

PARTE I TITULO IV
Un sistema institucional equilibrado.

Alguna de estas instituciones representan la idea supranacional, y otras representan a los estados. Para buscar un equilibrio se busca el presidente del consejo europeo, figura que aparece en este momento. El presidente del consejo europeo tiene una permanencia. Actualmente es Van Rompuy.

En el proyecto constitucional aparece también el Ministro de Asuntos Exteriores, que ahora se llama de otro modo, ya que no aparece al frente del consejo de ministros, sino que aparece enfrente de la comisión europea. Se pretende que el ministro de Asuntos Exteriores no solamente se contemple como una política exclusiva de los estados, sino que esté vinculada con los intereses de la Unión, por eso aparecen en todas partes. Actualmente es Katherine Ashton. Es importante entender este tipo de dinámicas, ya que la Unión Europea pretende ampliar su visión de conjunto, y que en esta lucha interna se busca la convivencia de ambas potencionalidades.

Por ejemplo; los países pequeños o Francia y Alemania buscan dar poder a la tendencia supranacional, sin embargo Gran Bretaña tiene otro punto de vista que pretende dar más peso a los países,hacer una unión de países.

PARTE I TITULO IV CAPITULO II
Otras instituciones y órganos consultivos
·        EL banco central europeo
·        El comité de las regiones
Es interesante también destacar que existe la posibilidad recogida  en la constitución y en el Tratado de Lisboa de la doble mayoría, es decir el 55% de los miembros del consejo que incluya por los menos 15 miembros que reúnan como mínimo el 65% de la población de la Unión.
COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN EUROPEA
Hasta 2014.
Órgano colegiado de la comisión.
1 comisario originario de cada estado miembro
                Presidente de la comisión
Ministro de asuntos exteriores
Comisario (ministro)
Después de 2014
Órgano colegiado de la comisión
2/3 del número de los estados miembros estuviesen representados con un sistema rotario. Esto significa que los países no se creen que los comisarios sean supranacionales, y los estados se niegan a perder su comisario.
Presidente de la comisión
Ministro de asuntos exteriores
Comisarios
                Sistema de rotación igual entre Estados. Los miembros no se creen que los comisarios sean supranacionales, y los estados se niegan a perder su comisario.
Reflejo del abanico demográfico y geográfico de los estados miembros de la UE.
EL MINISTRO DE ASUNTOS EXTERIORES
Consejo Europeo (Mayoría Cualificada).
Comisión Europea (Vicepresidente de las relaciones exteriores en el ámbito que incumbe a la Comisión).
Consejo.
·        Contribución a la elaboración de la PESC y la PESC
·        Conduce la PESC y la PESD
·        Preside el consejo de Asuntos Exteriores
Ministro de asuntos exteriores.
PARTE I TITULO V
Del ejercicio de las competencias
La ley y ley marco. Tienen alcances distintos.
La ley es de alcance general, obligarlo y se aplica directamente.
La ley marco obliga a los estados miembros en cuanto al resultado, libertad de competencias por el modo. Por ejemplo: Te exige un déficit del 5%, pero no te digo como tienes que alcanzarlo, cada país que lo haga como quiere
Procedimiento legislativo.
·         La comisión consulta y propone.
·         El consejo y el parlamento europeo legislan porque son realmente son los que desarrollan la propuesta y los que la aprueban o rechazan.
·         El tribunal de justicia garantiza que la ley respete el derecho comunitario.
·         Los parlamentos nacionales tienen la oportunidad de pronunciarse.
·         El comité económico y social y el comité de las Regiones también intervienen.
·         Recordar que el consejo europeo no participa en el proceso legislativo, solo da las grandes orientaciones.
España y Europa. El camino de la integración.
1.      La ausencia de España en el origen de las Comunidades Europeas (1950-1957).

Tras la segunda guerra mundial, Europa queda dividida por el telón de acero y un estatus diferenciado para algunos países como España.

España es sometida a un aislamiento brutal que responde a la connivencia entre Franco y Mussolini. Hay que desmitificar que Franco mantuvo a España brutal, porque si apoyo a Hitler. De ahí la división azul.

De tal manera que eso fue interpretado por los europeos como un grave problema, España era el último vestigio del Fascismo en Europa. Eso hizo que el Plan Marshall excluyese a España.

España quedo también excluida de la OECE, condenada por la ONU y sin embajadores extranjeros.

Sin embargo esto que parecía una situación muy complicada de sobrellevar, si recordamos la reconstrucción del nuevo orden, España quedaba ausente. Esto que parecía una situación muy complicada de llevar, los acontecimietnos histórico y el propio desarrollo de la guerra fría, permitió que la situación se dulcificara enseguida, volviendo los embajadores, y la deuda del Plan Marshall se consiguieron mediante unos acuerdos bilaterales entre España y USA en el año 1953. España daba ventajas militares a los EEUU a cambio de ayuda económica. A partir de este España se encajaba dentro del grupo de EEUU en la Guerra Fría.

Total que este aislamiento de España fue desapareciendo gracias a la buena relación de España con EEUU. [2]Eisenhower visitó España en el año 59.

En 1955 España entró en la ONU, pero no en el consejo de Europa.


2.      Las relaciones Hispano-Comunitarias durante el franquismo (1957-1975). Del 57 al 62 se dio la política de compás de espera, y después del 62 se solicita la asociación.
A mediados de los 50, la autarquía española tuvo que cambiar de ritmo. Mientras tanto Europa va a lo suyo, y como bien sabemos por estas fechas se da la declaración Schuman que se dio una propuesta a todos los países.
En España esta declaración fue denominada como la Bomba Schuman. Pero España no solicitó adherirse al nuevo proyecto. El gobierno español se mantuvo a la espera, puso más efectivos en sus embajadas cerca de Bruselas, Paris para mantenerse informado. España era muy escéptica, no siendo la única de Europa.
Las cosas empiezan a cambiar por el tratado de Roma (1957), que coincide con una nueva política económica del régimen de Franco, el Plan de Estabilización económico y social, más tarde confirmado con el plan de desarrollo. España abandona la autarquía y se intenta modernizar la economía del país. El octavo gobierno de Franco estaba formado por tecnócratas, y también coincide en el tiempo con la creación del mercado común.

Será el Tratado de Roma el que cambie la dinámica del gobierno de Franco frente a Europa, España no tenía industria del Acero, pero no mucho carbón (salvo en el norte algo).
El tratado de Roma si es interesante porque la mayoría de exportaciones españolas iban hacia el mercado europeo (Francia y España). El gobierno de los tecnócratas era consciente de ello. De hecho uno de los empeños de estos tecnocrtas era internacionalizar la economía española que se estaba dando desde la posqguerra.

De tal manera se busca que España ingrese en el FMI, en el Banco Mundial y en la OECE, yodo ello se consigue en 1959.  Para ello tuvieron que hacer un ajuste económico de gran repercusión, internacionalizando nuestra economía. Como era lógico se buscaba también se busca estrechar relaciones con el recién creado mercado común.

Consciente de ello, los tecnócratas devaluaron la peseta para poner la moneda con su valor real en el contexto internacional. Esto hace que el FMI y esta gente admitieran a España en las instituciones económicas.

En 1962 se dieron una serie de circunstancias que fundamentaron al gobierno español a pedir la asociación al mercado común (CEE). España en este momento podía pedir entrar en la EFTA o en la CEE. España tenía estas dos opciones, pero la CEE interesaba más porque las exportaciones iban en mayoría hacia Alemania y Francia. Al pedir Gran Bretaña entrar en la CEE, la opción de la EFTA desapareció.
La aceleración de la integración europea y la demanda británica de adherirse impulsa a los tecnócratas a pedir la solicitud, y esta [3]solicitud de asociación se pide después de mucho estudiarla.
[4]La asociación de España en el 62 es denegada porque se autoobliga a las comunidades europeas a plantear algún tipo de problema (la oposición política del régimen español y los partidos de izquierdas europeos). Se dio la negativa porque la asociación se define como una unión de algún país que carece de las características necesarias en ese momento para adherirse pero pretende cambiar. El parlamento europeo dice que España no puede ser asociada porque carece de voluntad de cambio, de cambiar hacia la democracia.
El contubernio de Munich fueron distintos representantes de distintos países, donde participa parte de la oposición española, pero también de representantes de España, que cuando volvieron fueron represaliados.
La dificultad también se encontraba en el distanciamiento económico, y además para los europeos el caso español es incómodo, y en la agenda es un asunto secundario. Además en estos momentos hay crisis internas como la de la silla vacía. Estos asuntos de tercer orden y molestos como el español era molestosos.
Hasta el 64 no se acepta la posibilidad  de conversar y esto dura hasta el 67. A partir del 67 hay negociaciones económicas, en el 70 acuerdo comercial preferencial, y en el 73, protocolo acuerdo comercial.
Cuando Franco consigue el acuerdo comercial preferencial esto supone una consolidación de su política. La opinión pública estaba en la gran mayoría a favor de esta incorporación, sobre todo la población joven, a pesar de no existir un intento propagandístico por parte del estado de promover a la opinión pública a favor de este acuerdo.
                A pesar de esto, la población, según diversas encuestas se vinculaba más a la población americana, que a la europea. La comunidad puso unos límites, diciendo que no seguiría negociando con España, debido a que no se respetaban los derechos humanos, el estado de derecho. Todo esto tras unos fusilamientos.

3. Europa en la transición española y en la consolidación democrática de España (1975-1986).
Papel positivo de Europa en la transición española. Ayudó a este proceso. 1977 España solicita la adhesión, se nos dice que sí y comienzan las negociaciones. El problema de la adhesión es la competencia agraria que podíamos a hacerle a Francia, además de necesitar ayudas económicas para nuestro desarrollo




[1] Con la constitución está incluida en el texto, y en el tratado de Lisboa no es el mismo texto, sino que está repartida en varios textos.
[2] A EEUU le molaba el discurso anticomunista de Franco.
[3] Europa podía tener asociación con terceros países, porque en el proceso de construcción europea en su propia dinámica se estaba reinventando a sí mismo. Es cierto que la CEE había firmado ya varios acuerdos como los convenios Yaundé, pues dentro de estas posibilidades tu podías pedir la adhesión, España sabe que no puede pedir la adhesión porque no tenía las garantías políticas (no tenía instituciones democráticas). Desde España se decide pedir una asociación, que es el acuerdo más estrecho y de más calibre, sin adherirse completamente.
[4] Israel y Turquía también lo pidieron.

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